¿En que consiste la garantía de Responsabilidad Civil? La
garantía de Responsabilidad Civil consiste en indemnizar a terceros por los daños materiales o corporales
ocasionados involuntariamente por el Asegurado
¿Se encargan de reclamar mis daños en caso de un accidente?
En la cobertura de Responsabilidad Civil se incluye la reclamación de los daños sufridos (tanto de la
bicicleta como de las lesiones corporales) en un accidente de circulación.
Es decir, que si sufre un
accidente de circulación en el que la responsabilidad del mismo es de otra persona,
la entidad aseguradora
se encargará de la defensa jurídica y reclamación de daños por sus Abogados y
Procuradores en las reclamaciones
civiles que en su caso se siguieran.
En el caso de que la responsabilidad del accidente sea suya y se
produzcan daños a terceros, la entidad aseguradora se hará cargo de su responsabilidad civil con un límite
de 300.506 euros.
¿Este seguro incluye el robo de la bicicleta?
No, este seguro no incluye la garantía de robo.
¿La Asistencia Personal incluye el traslado de la bicicleta?
En la garantía de Asistencia Personal se incluye, en caso de accidente de circulación y siempre que exista la
implicación de otro vehiculo, el transporte de la bicicleta del asegurado desde el lugar del accidente hasta
el domicilio habitual del asegurado.
¿Qué duración tiene este seguro?
La duración será anual renovable tácitamente. El pago de la prima se realizará obligatoriamente por banco
y por anualidades anticipadas.
¿Que cubre la garantía de Cirugía Plástica Estética? La garantía de
Cirugía Plástica Estética consiste en que la entidad aseguradora indemnizará al Asegurado por los gastos
médicos, honorarios profesionales, estancia y manutención originados en cirugía plástica estética si a
consecuencia de un accidente de circulación (siempre que exista la implicación de un vehículo a motor)
resulta dañada o deformada la superficie corporal del Asegurado de forma que después del tratamiento médico
a que haya sido sometido quede menoscabado o deformado su aspecto físico de forma permanente y si el Asegurado decide someterse a una operación a fin de
corregir el mencionado defecto (cicatrices, señales, etc.).
¿En que consiste el Subsidio Diario por Hospitalización? Consiste en que
la entidad aseguradora pagará un subsidio diario, A PARTIR DEL SEXTO DIA de hospitalización o internamiento del Asegurado en un
centro sanitario, a consecuencia de accidente de circulación (siempre que exista la implicación de un vehículo a motor).
En caso de estancia del Asegurado en la U.V.I. (Unidad de Vigilancia Intensiva) U.C.I. (Unidad de
Cuidados Intensivos) ó U.Q. (Unidad de Quemados), se pagará el doble del subsidio diario contratado. EL PERIODO
MÁXIMO DE INDEMNIZACIÓN SE ESTABLECE EN 90 DÍAS. Estas prestaciones son compatibles con cualesquiera otras, y
garantizan el pago en metálico del subsidio diario establecido, sin que tenga que guardar relación con el coste
real de hospitalización.
Los términos expresados en esta web están supeditados a las condiciones generales y
especiales de aplicación a este seguro.