IMPAGO DE ALQUILERES: RENTAS ASEGURADASEl seguro garantiza, frente al impago del alquiler de la vivienda arrendada por parte del inquilino, la compensación económica del importe total de las rentas devengadas que le haya dejado impagadas el arrendatario, deducida la mensualidad de franquicia, y hasta el límite de capital garantizado, cuando recaiga sentencia firme de desahucio que ponga fin al arrendamiento o imponga al inquilino moroso condena al pago de las rentas sin que aquél las abone.
SE ESTABLECE LA FRANQUICIA DE LA PRIMERA MENSUALIDAD DE RENTA DEVENGADA Y NO PAGADA. ESA PRIMERA RENTA IMPAGADA ES SIEMPRE A CARGO EXCLUSIVO DEL ASEGURADO.
RECLAMACION DE ALQUILERES POR FALTA DE PAGO DEL INQUILINOPor esta garantía el Asegurador asumirá los intereses del Asegurado, defendiendo o reclamando sus derechos, por vía judicial, en los conflictoss que surjan entre Arrendador y Arrendatario.
Quedan garantizados los juicios de DESAHUCIO POR FALTA DE PAGO, A PARTIR DEL CUARTO MES DE IMPAGO o por obras no consentidas.
RECLAMACION DE DERECHOS RELATIVOS A LA VIVIENDAConsiste en la protección de los intereses del Propietario para la Reclamación y Defensa, en relación con la vivienda asegurada en los siguientes supuestos:
- La reclamación de los daños de origen no contractual, causados por terceros a la vivienda.
- Las reclamaciones a sus inmediatos vecinos por incumplimiento de normas legales en relación con emanaciones de humos y gases.
- La reclamción por incumplimiento de los contratos de servicios de reparación o mantenimiento de las instalaciones fijas de la vivienda.
- Los conflictos de sus inmediatos vecinos por cuestiones de servidumbre de paso, luces, vistas, distancias, lindes, medianerías o plantaciones.
- La defensa de su responsabilidad penal en procesos seguidos por imprudencia, impericia o negligencia, como miembro de la Junata de Copropietarios del edificio en que se halle la vivienda asegurada.
- La defensa y reclamación de sus intereses frente a la comunidad de propietarios, siempre que estuviese al corriente de pago de las cuotas legalmente acordadas.
RECLAMACION DE DAÑOS MATERIALES CAUSADOS POR INQUILINOSPor esta garantía se ampara la reclamación del Asegurado frente al Inquilino, de los daños ocasionados a la vivienda arrendada y a las cosas muebles ubicadas en su interior propiedad del Asegurado.
¿QUE DURACION TIENE ESTE SEGURO?
La duración será anual renovable tácitamente. El pago de la prima se realizará obligatoriamente por banco y por anualidades anticipadas.
ASESORAMIENTO JURIDICO TELEFONICO
Este servicio de consulta directa, le permitirá recibir orientación jurídica por parte de un equipo de abogados.
Este servicio incluye consultas relativas a:
- Compra-venta e hipotecas
- Registros de la Propiedad
- Arrendamientos
- Desahucios
- Propiedad horizontal
- Comunidades y problemas vecinales
Los términos expresados en esta web están supeditados a las condiciones generales y especiales de aplicación a este seguro.